El fallo ocurrió en respuesta a una acción legal presentada por trabajadores de la entidad, quienes buscaron frenar algo que consideraron una privatización encubierta, impulsada por el DNU y la resolución 348 del Directorio del banco que habilitaba la contratación de asesoría privada para tal proceso. Según detalló Ramos Padilla, ambas resoluciones «no autorizan a modificar la situación jurídica de la entidad bancaria«.
El magistrado sostuvo que “se evidencia entonces la voluntad del Congreso Nacional y de ambas Cámaras, al sancionar la ley de excluir al Banco de la Nación Argentina como entidad sujeta a privatización, producto de un debate generado en el ámbito político adecuado con intervención de múltiples actores y que excede la revisión judicial”.
Además, remarcó que, en el texto constitucional de la nación, la creación del Banco de la Nación Argentina le compete al Congreso Nacional. De esta manera, el Poder Legislativo es el único que tiene la facultad de revocar dicho carácter.